Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos: WILMER ALEXIS CARRERO DUQUE y BELKYS JOSEFINA CHACON PRATO, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 9.243.235 y V- 10.165.947 quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Visto el escrito presentado por los ciudadanos: LUIS EDUARDO GUTIERREZ BUITRAGO, CARMEN ROSA GUTIERREZ BUITRAGO, LAURA BEATRIZ GUTIERREZ BUITRAGO, ERNESTO BLADIMIR GUTIERREZ BUITRAGO y LUDY MILA GUTIERREZ BUITRAGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 5.673.277, V-9.234.569, V- 9.234.570, V-10.149.148 y V- 10.177.239 de este domicilio, asistidos por los abogados: AURA TAMARA FANDIÑO BETANCOURT y/o FRANKLIN JOSE JAIRRAN MORA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 51.772, 80.220, de este domicilio, en el cual exponen que consta en copias certificadas de acta de defunción N° 331, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado.....