En horas de despacho del día de hoy 08 de junio de 2010, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para celebrar el Acto Conciliatorio entre las partes del presente proceso, a tenor de lo establecido en el único aparte del artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, El Juez Temporal declaró abierto el acto previas las formalidades de Ley, con la presencia de la ciudadana CARMEN MIREYA VARGAS DE SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.060.539, y de este domicilio, en su carácter de parte demandante, asistidas por las abogadas DEGXY MARIBEL SUÁREZ DE RAMÍREZ y DAYZA MIRLEY SUAREZ VARGAS, inscritas en el I.P.S.A. bajo los números 105.324 y 145.005, respectivamente, por una parte y por la otra y el ciudadano YENDER NOERY CANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.347.748, parte demandada, asistido por la aboga.....