Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la rectificación del acta de matrimonio N° 230 de fecha 20 de octubre de 1.999, perteneciente al ciudadano GERARDO ANTONIO RIVAS PACHECO, titular de la cédula de identidad N° V-9.241.646, inserta ante la primera autoridad civil del la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira. En consecuencia se ordena al Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y al Registro Civil Principal del Estado Táchira, colocar una nota marginal en el acta de matrimonio antes referida, corrigiendo lo expuesto en autos. Una vez quede firme la presente decisión, ofíciese lo conducente al Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y al Registro Civil Principal del Estado Táchir.....