Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos HUGO PEREZ GONZALES y NESTOR ALEXIS JAIMES MORANTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.239.612 y 9.225.805, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por los ciudadanos EDICSON FABIAN DELGADO CASTAÑEDA y NEIVA ROSSANA DELGADO CASTAÑEDA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.778.835 y 19.134.412, en su orden, asistidos por el abogado REINALDO ROMERO URBINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 10.756, en el cual exponen que el día 15 de julio de 2010, falleció quien fuera su progenitora, ciudadana ELIZABETH COROMOTO CASTAÑEDA CONTRERAS, quien era titular de la cédula de identidad N° 9.223.992, según certificación expedida por la Dra. María Silvina Zambrano Durán, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº .....