Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos SARA MARGARITA DATICA DE BONIVE, SEVERINO CARDESIN PICON, DEISY YOLIMAR SANCHEZ CONTRERAS y SARA ANTONIETA RASQUIN DE TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.070.772, 9.247.120, 14.504.241 y 2.148.980, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por las ciudadanas NUBIA ROSA KOPP DE SIMAL, TULA DOLORES SIMAL KOPP, y LUZ ANDREINA SIMAL KOPP, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.033.469, 13.793.786 y 14.873.668, respectivamente y de este domicilio, asistidas por el abogado VICTOR MANUEL VARELA DURAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.982, en el cual exponen que el día 29 de julio de 2009, falleció quien fuera cónyuge de la primera y progenitor de las restantes, ciudadano RAMON SIMAL REY, quien era titular de la cédula de identid.....