DECLARA CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana ANA MARIA ROMERO DE RUEDA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad 3.076.234 y de este domicilio contra el ciudadano JOSE ANIBAL ROJO LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.319.380 y de este domicilio. En consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Hacer entrega a la parte demandante el inmueble objeto del presente litigio, consistente en una casa para habitación, ubicada en El Pasaje Cumanacoa, N° 13-43, Puente Real, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
SEGUNDO: Pagar a la parte demandante, los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de marzo, abril y junio del 2008, a razón de DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs.295,oo), cada mes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
Publíquese, regístrese y déj.....