razón por la cual este Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, niega la admisión del RECURSO DE INVALIDACION, interpuesto en fecha 23/06/2011, por el ciudadano HOMERO GILBERTO BRICEÑO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, militar retirado, titular de la cédula de identidad N° 2.064.864 y de este domicilio, quien actúa con el carácter de presidente de la Firma Mercantil SUPLICLINICAS C.A., asistido del abogado DANIEL EDUARDO DIAZ VALERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 149.493 y así se decide.