. Se levanta la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 18 de octubre del 2004, por lo cual se ordena oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Inmobiliario del Primer Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira. Hecho lo cual, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.