Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana ANA MERCEDES MENDOZA SUÁREZ, a través de sus Apoderadas Judiciales, abogadas NELLY ESPERANZA MENDOZA SUÁREZ y ALEIDA ESTHER ACEVEDO QUINTERO, contra el ciudadano JOSÉ ALBERTO SOTO FARIA, todos suficientemente identificados en esta Sentencia, en consecuencia, CONDENA en costas a la parte demandante, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de haber resultado totalmente vencida.