Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ HERMOGENES ROMERO CASTRO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-2.886.546 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDADOR, contra el ciudadano EUGENIO JOSÉ ROMERO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.225.217 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO, por DESALOJO.
SEGUNDO: SE CONDENA al demandado EUGENIO JOSÉ ROMERO TORRES, hacer entrega al demandante JOSÉ HERMOGENES ROMERO CASTRO del el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, ubicado en el Barrio La Guaira, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, signado con el Nº D-11, segundo piso, consistente de dos habitaciones.....