Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda de DESALOJO, interpuesta por la Sociedad Mercantil GANCON, Sociedad Anónima, (GANCONSA), domiciliada en esta ciudad de San Cristóbal, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 16 de julio de 1997, quedando bajo el N° 49, tomo 18-A, representada por su presidente, ciudadano LORENZO AMBROSIO GANDICA AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.518.747, casado y de este domicilio, contra el ciudadano BENEDICTO FRANCO BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-10.171.730 y de este domicilio, en su condición de propietario del fondo de comercio ELECTRIC.....