Recibido por distribución, escrito constante de UN (01) folio útil y recaudos en DOS (02) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: JOHAN ALBERT HUIZA CASTELLANOS y VERONICA YOLIMAR VIVAS DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-12.971.781 y N° V-17.208.830, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado JOSE JESUS LA RIVA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 159.265. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos JOHAN ALBERT HUIZA CASTELLANOS y VERONICA YOLIMAR VIVAS DIAZ, ya identificados. En consecuencia de conformidad con lo establecido en e.....