Recibido por distribución, escrito constante de TRES (03) folios útiles y recaudos en CATORCE (14) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: OSCAR JOSE TORRES SUAREZ y BELLCY VALTIERE VIVAS RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-17.503.344 y N° V-16.228.514, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogado DANIELA ISMERIA MALDONADO MALDONADO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 159.235. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: OSCAR JOSE TORRES SUAREZ y BELLCY VALTIERE VIVAS RAMIREZ, ya identificados. En consecuencia de conformidad con.....