Recibido por distribución, escrito constante de DOS (02) folios útiles y recaudos en CINCO (05) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: CARLOS ANTONIO SERRANO CASTELLANOS y DEISY MORELA CAMPOS MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-14.099.345 y N° V-10.155.342 respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogado ANA ROSA COLMENARES ALARCON, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.137.096. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: CARLOS ANTONIO SERRANO CASTELLANOS y DEISY MORELA CAMPOS MOLINA, ya identificados. En consecuencia de conformidad co.....