Vista la diligencia de fecha diecinueve (19) de noviembre del año en curso, desprendiéndose de la misma el acto de Composición Voluntaria celebrado por ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas del los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, entre las ciudadanas: NADIUSKA CHACON BELTRAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.228.838, en su carácter de parte demandada, asistida por la abogada en ejercicio IRAIMA IBARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.803 y la abogada en ejercicio MARÍA ALEJANDRA DIAZ MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.062, en su carácter de parte demandante, observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle.....