Cumplidos los requerimientos ordenados por este Tribunal y vistas y analizadas todas y cada una de las actas que conforman el presente expediente, esta Juez Unipersonal Nº 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana: CHACÓN DE RIVAS ROSAURA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.335.480, para que en nombre y representación de su hijo, el adolescente RIVAS CHACÓN JESÚS ALBERTO, identificado con la Partida de Nacimiento N° 847, de fecha 29 de Octubre de 1992, expedida por la Prefectura del Municipio Jáuregui, Estado Táchira, y titular de la Cédula de Identidad N° V-20.716.898, para que realice el retiro del dinero correspondiente a su padre, el ciudadano: RIVAS JOSÉ FELIX