este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO incoada por el ciudadano JOSE DEMETRIO PRATO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.247.337, asistido en un principio y representado después por el abogado Ciro Lozada, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro.14201 en contra de la ciudadana ALBERTINA RAMÍREZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad
Nro.V-8.104.914, representada por el Abogado HUMBERTO SÁNCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el nro.31.131. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO matrimonial contraído por ellos, por ante la Prefectura hoy Registro Civil Constitución del Municipio Lobatera, Estado Táchira, en fecha 19
de Noviembre de 1993, según Acta de matrimonio nro.22