es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Defunción intentada por la ciudadana: ANA JUDITH MORA CHACÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-11.492.603. por considerarse que no hay circunstancia alguna que corregir en cuanto a la solicitud planteada