Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: 1° INADMISIBLE el presente recurso de nulidad incoado por la abogada Elba Yudith Medina Moreno, identificada con la cédula n.º V.-5.654.677, apoderada judicial de la sociedad mercantil Incagro C. A., en contra de la providencia administrativa n.° 573-2012, de fecha 28 de mayo del 2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.