Se DECRETA: 1°: Procedente la medida cautelar solicitada recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar incoado por la sociedad mercantil Pepsi-Cola de Venezuela C. A., por medio de su apoderado judicial, abogados Mónica Rangel Valbuena y Juan Pablo Díaz, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 97.381 y 140.533, en su orden, en contra del providencia administrativo n.º 2548-2013, de fecha 23.9.2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Táchira, en el procedimiento sancionatorio del expediente administrativo n.º 056-2012-06-00256, nomenclatura llevada por ese órgano administrativo. 2°: En caso de abandono o impulso procesal de la presente causa por parte de quien recurre, se decretará el levantamiento de la medida cautelar de manera inmediata.