Se declaró Con lugar la acción de amparo constitucional. Se ordenó a la Asociación Cooperativa de Seguridad Halcón, el reenganche inmediato del ciudadano Alonso Elías Becerra Bravo, en las mismas condiciones que venía desempeñando para el momento del despido. Asimismo, al pago de los salarios dejados de percibir y demás beneficios laborales que se le adeuden hasta el cumplimiento del presente fallo, en los términos expuestos en la providencia administrativa n. º 34-2012, de fecha 17 de enero del 2012, emanada de la Inspectoría de Trabajo General Cipriano Castro. Se advirtió a las partes y a todas las autoridades de la República que el presente fallo es de obligatorio cumplimiento en los términos establecidos, por estar destinado a la protección de derechos fundamentales, so pena de las sanciones legales correspondientes conforme a lo establecido en los artículos 29, 30 y 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se insta al Juzgado de Sustanciación, .....