PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA BOLÍVARES (Bs. 21.690,00), cantidad que comprende la diferencia pendiente por todos y cada uno de los conceptos reclamados en la demanda y que la parte demandada se compromete a pagar así: la cantidad de Un mil seiscientos noventa bolívares (Bs. 1.690,00) que el demandante recibió por concepto de anticipo a sus prestaciones sociales y la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00), en dos pagos de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) cada uno, el primero será pagado el día 09 de julio de 2012 y el segundo y último pago el 23 de julio de 2012 pagos que serán efectuados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendi.....