DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la Ciudadana LEYDY JOHANNA LÓPEZ CAMACHO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 22.645.439, contra el ciudadano LUIS GABRIEL ABAUNZA VEGA, extranjero, mayor de edad, con cédula de ciudadanía n° 13.278.133, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de UN MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 1.131,93)