DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano EIBAR PAZ CÓRDOBA, extranjero, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N° 1.130.648.579, contra la empresa STORE DESING, C.A, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad total de CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y OCHO CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 54.098,34),