Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. En este acto se hace entrega de las pruebas presentadas en la audiencia preliminar de la siguiente manera: 1) A la parte demandante escrito de prueba constante de dos (02) folios útiles, tres libretas de ahorros del Banco Venezolano de Crédito y 6 anexos, y 2) A la parte demandada escrito de prueba constante de dos (02) folios útiles sin anexos.
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO.