Se declaró LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA incoada por el ciudadano LUIS ANTONIO GUERRERO CASTELLANOS, identificado con la cédula N° 10.170.229, contra el auto lavado SPEED WASH y la Empresa CAUCHOS CUATRICENTENARIA C.A., en la persona de sus Directores Generales Nelso Antonio Diamanti Fiorini, Luis Alberto Diamanti Fiorini Y Luigi Diamanti Cretaro, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 9.209.968, V.-10.173.273 y V.-10.160.955 en su orden, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES. Así se decide.
LA JUEZ,
Abg. BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO
LA SECRETARIA,
En la misma fecha se publicó conforme a lo ordenado.
LA SECRETARIA,