DECLINA su competencia para conocer de la presente causa en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y particularmente, al juzgado de sustanciación, mediación y ejecución que por distribución deba conocer el presente asunto, ordenando remitirle el expediente.