PRIMERO: Las partes han acordado en dar por terminado el presente asunto, mediante el pago de CIEN MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 100.000,oo), los cuales serán pagados en Dos partes iguales de Bs.50.000,oo cada una, en las fecha siguientes: La primera parte el Jueves 20 de noviembre de 2014 y la segunda y última parte el viernes 19 de Diciembre de 2014, todos por ante las taquillas de la URDD de este Circuito Judicial Laboral, los cuales informarán al Tribunal para el cierre y archivo del expediente.
SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la Relación Laboral la cual es reclamada en el presente expediente, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral. Este Juzgado, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni no.....