administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el abogado PIO GIL MORENO en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por cuanto el demandante no percibía más de tres salarios mínimos, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de nuestro Máximo Tribunal de Justicia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal a los cuatro (04) días del mes de abril de dos mil cinco. Años 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
EL JUEZ,
JOSE GREGORIO HERNANDEZ BALLÉN
LA SE.....