Por la motivación antes expuesta este TRIBUNAL PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: SE DECLARA QUE LOS ABOGADOS AMBEDKAR MIGUEL BLANCO Y FRAN REINALDO ROSALES ZAMBRANO, tienen derecho a cobrar sus honorarios profesionales judiciales al ciudadano WILLIAM ZAMBRANO MENDOZA, en ocasión de su defensa en Juicio de Invalidación de Sentencia incoado por la Empresa Construcciones, Inspecciones y Proyectos Compañía Anónima (CIPCEM, C.A.), el cual se sustanció y decidió por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario bajo el número 4984-2002.
SEGUNDO: De conformidad con la Ley de Abogados, se emplaza a las partes para el nombramiento de retasadores una vez quede firme la presente decisión, quienes deberán indexar el monto que por estimación de honorarios acuerden a los a.....