En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias realizadas por la ciudadana OLGA NIÑO ANGARITA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 22.636.241, domiciliada en el Fundo La Vega de Noguera, Parroquia Amenodoro Rangel Lamus, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre: Un lote de terreno denominado Fundo La Vega de Noguera, con una superficie de once hectáreas con ocho mil quinientos sesenta y nueve metros cuadrados ( 8 Has con 8.569 Mts.2), ubicado en el sector Gallardin, Aldea Palo Gordo, Parroquia Amenodoro Rangel Lamus, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y las bienhechurias consistentes en una casa para habitación, conformada por cuatro ( 04 ) habitaciones, una ( 01 ) sala de recibo, dos ( 02 ) baños, cocina y demás servicios, las paredes debidamente frisadas, mezclilladas y pintadas, tec.....