De manera que atendiendo al Dispositivo Segundo de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17.11.2011 en su numeral 3, y atendiendo a los hechos ocurridos de acuerdo a lo narrado por la parte beneficiaria de la Medida este Juzgado no puede dar por ejecutada la misma.
Por el contrario, son suficientes estos hechos para declarar CON LUGAR La Solicitud de Ampliación de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17.11.2011 en su numeral 3, en el sentido de que:
SE ORDENA AL CIUDADANO EVERT JOSÉ BORRERO CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-15.085.444, en su calidad de demandado y a cualquier persona a su encargo (obreros, capataces, mandatarios, etc) no obstaculizar el paso hacia los terrenos objeto del presente juicio, ubicado en el sector La Borrera, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, alinderado así: NORTE: Terreno ocupado por Antonio Quintero y Quebrada La Borrera, SUR: Camino real, ESTE: Terreno ocupado por Aparicio Borrero y OESTE: Terreno ocupado por Anto.....