VII
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO interpuesta por la ciudadana LEONOR GOMEZ VDA. DE CANDEO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.015.470, en contra de los ciudadanos, CECILIA MAGALY QUIROZ DE GONZALEZ y JOSE JACINTO GONZALEZ NIETO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 5.033.090 y V- 4.212.876, domiciliados en Caney Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se levanta el Decreto de Amparo dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 17/01/1.996
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la .....