PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de septiembre de 2006, por la abogada ANGELA MARIA MENJURA ORTIZ, con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana JAKELINE ALVAREZ MENDEZ, parte demandada, contra la decisión de fecha 19 de septiembre de 2006, proferida por el Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano NELSON ANTONIO SOTO PRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.325.055, contra la ciudadana JAKELINE ALVAREZ MENDEZ, colombiana, mayor de edad, titular del pasaporte No. FA884327, por DESALOJO.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.