PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE LOS CIUDADANOS: LUIS MANUEL ZAMBRANO y SANDRA JACKELINE CARMONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.415.543 y V-14.264.129, respectivamente, de este domicilio, y hábiles.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en los artículos 184 y 185 del Código Civil, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos por acto celebrado el 03 de septiembre de 2004, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia Libertador del Distrito Capital.