Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, en aplicación de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la ley, resuelve lo siguiente:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada BELKIS CENOBIA CARRERO GONZALEZ, en su condición de apoderada de la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Octubre de 2010, por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE DECLARA con lugar la falta de cualidad del ciudadano JOSE ALEJANDRO QUIROZ ESCALA.....