PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de le Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales intentada por el ciudadano RAUL ESTRADA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V.- 2.454.658, abogado e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7835, domiciliado en San Cristóbal, estado Táchira, actuando en nombre y representación propia.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte intimada JOSE ANGEL MORA ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 4.212.592, domiciliado en San Cristóbal, estado Táchira y civilmente hábil, al pago de la cantidad de CIENTO VEINTIUN MIL BOLIVARES (Bs. 121.000,00), por concepto de honorarios prof.....