Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declarar CON LUGAR la inhibición propuesta por la secretaria de este Tribunal ciudadana MARÍA ALEJANDRA MARQUINA DE HERNÁNDEZ, el 20 de julio de 2016 en el expediente civil N° 19.561.
SEGUNDO: Se nombra como secretaria accidental para el presente expediente a la ciudadana HELGA YAMINA RODRÍGUEZ ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.340.977, quien se encuentra debidamente juramentada.
Expídase copia certificada de la presente decisión a la Secretaria del Tribunal.
Publíquese y regístrese en la forma prevista en el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a lo establecido en el artículo 248 ejusdem, déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en.....