Con vista a tal criterio jurisprudencial sentado por la Sala Constitucional, y con base a la situación fáctica denunciada como presuntamente violatoria de derechos constitucionales, y ante la amenaza inminente de irreparabilidad de las presuntas lesiones a derechos y/o garantías constitucionales, este Juzgador DECRETA: MEDIDA INNOMINADA, la cual consiste en SUSPENDER la ejecución de los efectos de la sentencia dictada en fecha 21 de junio de 2014 por la Jueza del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, hasta tanto se resuelva la presente acción. El incumplimiento a esta medida se entenderá como desobediencia a la autoridad, lo cual será sancionado conforme a la ley.