Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la impugnación efectuada por la ciudadana Lilia Amparo Rueda, asistida por el abogado Fernando José Roa Ramírez, al Informe de Avalúo, presentado por los peritos avaluadores José Alfonso Murillo, Orangel Calderón y Erik Ramón Arellano Semidey, en fecha 10 de Abril de 2012. En consecuencia, se deja sin efecto el Informe de Actualización de Avalúo de fecha 10/04/2012.
SEGUNDO: Se ORDENA la práctica de una nueva Actualización de Avalúo sobre los bienes inmuebles objeto de partición, una vez conste en autos la última notificación de las partes y, para lo cual se debe designar tres (03) nuevos peritos avaluadores, y los gastos que ocasione la realización del mismo, correrá en partes igu.....