DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana Josefina Meneses Suares, por reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta en contra de los ciudadanos Diana Carolina Báez Meneses, Betsy Johana Báez Meneses y Geminson Lender Báez Meneses, identificado suficientemente en esta decisión. En consecuencia, queda establecido que entre Josefina Meneses Suares y el de cujus Jorge Elias Báez, existió una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició el mes de septiembre de 1976, hasta el día catorce (14) de Octubre de 2013.
SEGUNDO: Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil, llevados por el Registro Civil del Municipio Ju.....