DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el Abg. DANIEL EDUARDO DIAZ VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.439, actuando como Apoderado Judicial de la firma mercantil RESTAURANTE EL COMELON C.A., en contra del auto dictado en fecha 04-10-2012, proferido por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se DECLARA la nulidad de todas las actuaciones a partir del auto de admisión dictado en fecha 12-01-2012 del referido recurso, lo cual incluye el auto recurrido de fecha 04-10-2012 dictado por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial. .....