Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara con lugar la demanda de divorcio interpuesta por el ciudadano HUGO ARMANDO BLANCO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-5.657.480, contra la ciudadana AMANDA CECILIA MUÑOZ DE BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.341.724, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 Código Civil.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos HUGO ARMANDO BLANCO CONTRERAS Y AMANDA CECILIA MUÑOZ DE BLANCO, por ante la Prefectura del Distrito Ayacucho hoy Registro Civil del Municipio Ayacucho, del Estado Táchira, bajo el N° 23 de fecha 10 de julio de 1982.
TERCERO: Se condena en costa a la parte perdi.....