DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 678, de fecha quince (15) de septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve (1959), inserta por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira y por ante el Registro Principal del Estado Táchira. Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira y Registro Principal del Estado Táchira, y Ofíciese lo conducente a fin de que se estampe la correspondiente nota marginal, en la partida de nacimiento N° 678, de fecha 15 de septiembre de 1959, de conformidad con el artículo 502 del Código Civil en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimi.....