PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana VIRGINIA COLMENARES MENDOZA, por reconocimiento de unión concubinaria interpuesta en contra del ciudadano CANDIDO CASTRO MARTÍNEZ, identificados suficientemente en esta decisión. En consecuencia, existió entre los ciudadanos VIRGINIA COLMENARES MENDOZA Y CANDIDO CASTRO, una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició en el mes de junio de 1997, hasta el día 11 de agosto de 2013.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.