DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve lo siguiente:
PRIMERO: Se declara SUBSANADA la cuestión previa opuesta por los ciudadanos URIEL BLADIMIR SUÁREZ CASTRO y URIEL SUÁREZ BOCANEGRA, asistidos por los abogados JOSÉ LUIS ARANGO MORALES y CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ MENDOZA, contenida en el artículo 346, ordinal 6° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal 1° artículo 340 ejusdem.
SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por los ciudadanos URIEL BLADIMIR SUÁREZ CASTRO y URIEL SUÁREZ BOCANEGRA, asistidos por los abogados JOSÉ LUIS ARANGO MORALES y CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ MENDOZA, contenida en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal 7° del artículo .....