Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la rectificación de la partida de nacimiento Nº 317 de fecha 09 de noviembre de 1976, perteneciente al ciudadano Yamid Alexis Rubio Nocua, expedida por la Prefectura del antes Municipio Monseñor Bernabé Vivas, Distrito Córdoba del Estado Táchira, hoy Parroquia Monseñor Bernabé Vivas, Municipio Córdoba del Estado Táchira. En consecuencia, se ordena a la Prefectura antes nombrada y al Registro Principal del Estado Táchira, a colocar una nota marginal en la partida de nacimiento antes referida.