En el caso de autos tal como antes se indicó la presente causa fue resuelta mediante sentencia definitiva proferida por este Tribunal en fecha 30 de noviembre de 2017 inserta a los folios 191 al 195, la cual alcanzó el carácter de definitivamente firme conforme al auto de fecha 12 de enero de 2018, por lo que está revestida de la fuerza de la cosa juzgada, y en tal virtud, conforme al criterio jurisprudencial transcrito supra la denuncia de fraude procesal presentada vía incidental en fecha 1° de febrero de 2018, por el demandado Pedro Antonio García Contreras, resulta inadmisible . Así se decide. Notifíquese a las partes. La Juez Temporal, (Fdo) Dra. Fanny Trinidad Ramírez Sánchez.- La Secretaria, (Fdo) María A. Marquina de Hernández.