Por los fundamentos anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por autoridad de la Ley y actuando como Tribunal de alzada; Declara:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada LUZ MARY RODRIGUEZ. En consecuencia se confirma los autos de fecha 20 de Junio del 2005, dictados por el Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se condena a la parte perdidosa al pago de las costas procesales de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.