DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el fraude denunciado por la abogada MARIAN LE BOULENGE MANRIQUE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad n° V.-7.144.497, inscrita en el Inpreabogado bajo el n° 241.308, actuando en nombre propio y en representación de sus derechos e intereses, en virtud de que este tribunal no considera que la intervención de la tercera adhesiva constituya una intervención fraudulenta, pues como institución procesal que esta contemplada en la Ley, cualquier tercero interesado puede intervenir haciendo uso de esa figura jurídica.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Notifíquese a las partes.
Regístr.....